Permisos necesarios para reformar una fachada de edificios

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Todos conocemos la importancia de reformar la fachada de nuestro edificio periódicamente, sin embargo, son muchos los que se preguntan: ¿se necesita permiso o lo puedo hacer sin más? Descubre la respuesta y renueva tu casa.

Cuidar de tu casa significa ocuparse del mobiliario, realizar pequeños trabajos de mantenimiento rutinario, pero también conservar la fachada, la carta de presentación del edificio. Pero, ¿cómo se puede tener una superficie exterior perfecta, sin grietas, manchas ni desconchados? Antes de buscar y contactar con la empresa de reformas y confiarle el trabajo, hay que aclarar una cuestión importante: ¿hay que obtener los permisos para reformar una fachada de edificios? Vamos averiguarlo.

¿Qué se considera modificar la estructura de la fachada?

La renovación de la fachada de un edificio consta de varias intervenciones y las más comunes son:

  • Construcción de andamios.
  • Restauración de balcones y forjados de cubierta.
  • Reparación de las partes de hormigón deterioradas.
  • Instalaciones generales de saneamiento vertical.
  • Pintura de fachada y barandillas.

La frecuencia con la que deben llevarse a cabo estas medidas depende de muchos factores (clima, calidad de los materiales utilizados, etc.). Sin embargo, por regla general, deben realizarse cada 10 o 15 años y el tiempo necesario para realizar los trabajos oscila entre 10 y 20 días.

Diferencias entre obras de edificios mayores y obras menores

Cuando hablamos de permisos y licencias para obras para reformas, sean del tipo que sean, es necesario pedirlas en el Ayuntamiento de la localidad en la que se encuentre la vivienda. Para empezar, tendremos que pedir o bien una licencia de obra mayor o una de obra menor, además, de pagar una serie de tasas, que variarán en función tanto de la tipología de obra como de otros supuestos: instalación de contenedores, ocupación de la vía pública, etc. ¿Pero, qué diferencia hay entre obras mayores y obras menores?

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La principal diferencia entre obra menor y mayor radica en que durante una obra menor no comprometemos los elementos estructurales de un edificio. Mientras que durante las obras mayores sí se ven afectados dichos elementos, y, por tanto, es necesaria la solicitud de una licencia de obra mayor

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Tipos de permisos

En caso de que se trate de una obra menor, bastará con presentar la descripción de los trabajos que necesitamos realizar. 

Pero si la obra es mayor, tendremos la obligación de presentar un proyecto técnico de ejecución firmado por un arquitecto. Es fundamental que en el proyecto se incluya un estudio de seguridad y viabilidad y la prevención de riesgos.

Aunque en ambos casos se deberá presentar una solicitud en el Ayuntamiento de la localidad donde se realizará la reforma. El siguiente paso es rellenar los impresos de solicitud de obra, adjuntando una memoria explicativa de las modificaciones que vamos a realizar junto con un presupuesto firmado por la empresa encargada de las obras. 

En síntesis, una reforma integral de una vivienda, por ejemplo, se trataría de una obra mayor, y  en este caso, haría falta tramitar una licencia de obra mayor.

La tasa que nos cobrarán por la licencia dependerá del presupuesto de obra, y suele ser un pequeño porcentaje de la misma, y varía en función del ayuntamiento.

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¿Necesito pagar para los permisos?

Como hemos mencionado, por lo general, las obras menores no requieren la firma de un proyecto por parte de un arquitecto o arquitecto técnico. Sin embargo, las obras mayores sí requieren una amplia documentación, así como un proyecto técnico debidamente firmado por un arquitecto o arquitecto técnico.

En los proyectos técnicos se definen las actuaciones que se llevarán a cabo, de la misma manera que los materiales que se utilizarán durante las obras, y los elementos arquitectónicos sobre los que se trabajará.

Una vez que hemos presentado todo esto nos queda únicamente pagar los diferentes impuestos y permisos para rehabilitar una fachada: Por una parte, hay que pagar la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, a la cual debemos sumar el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras que representa el 4% del presupuesto de nuestra reforma. Por último, en el caso de que necesitemos ocupar la vía pública con contenedores, andamios, etc., también deberemos abonar una tasa que dependerá de la categoría de la vía. 

¿Qué pasa si no tienes licencia de obra?

Si estás pensando en saltarte todo el tedioso papeleo, tienes que saber qué hacer cualquier tipo de modificación de un piso, local o casa necesita de la aprobación de la autoridad municipal.

Realizar una obra sin la supervisión del Ayuntamiento, puede conllevar, como mínimo, cuantiosas multas económicas.

Las cantidades por no tener la licencia pueden variar según la localidad donde te encuentres y de la gravedad del incumplimiento. En general se puede afirmar que las multas oscilan entre 300 y 6000 euros, así que me lo pensaría dos veces.

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¿Cuándo hay que pedir permiso a la comunidad?

Cuando queremos reformar toda la fachada de un edificio en el que viven varias familias, es necesario contar con la aprobación de la mayoría de los vecinos. Sin embargo, en otros casos todo depende de si en los estatutos de la comunidad están especificadas en algún punto o apartado las condiciones concretas sobre mantenimiento de la uniformidad de la fachada, acabados, posibilidad de hacer cerramientos, la posibilidad o no de hacer reformas en fachadas sin pedir permiso a la comunidad, etc.

¿A quién llamar para reformar la fachada de mi edificio?

Ahora que tienes toda la información que necesitas, es el momento de ponerte en contacto con la empresa de reformas para saber más sobre cómo realizará el trabajo y cuánto costará. Desde https://fachadasbarcelonarehabilitacion.es/, veteranos en el sector, te aseguramos una asistencia rápida y el mejor presupuesto, adaptado a tus necesidades. No esperes más. ¡Ponte en contacto con nosotros!

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